4 de enero de 2025
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La justicia ha declarado nulos los despidos de dos auxiliares de enfermería de la clínica privada Vithas Tenerife, en Canarias, por discriminación por sexo y edad. Las sentencias firmes del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) obligan a la clínica a readmitir a las trabajadoras y a indemnizarlas por daños morales. «Sólo se despide a mujeres y a las de mayor edad», sentencia el TSJC.

A finales de 2019, Vithas Tenerife despidió a cinco auxiliares de enfermería, todas mujeres con contrato indefinido y mayores de 57 años. La clínica alegó razones económicas debido a pérdidas acumuladas y recomendaciones de una consultora para abandonar servicios no rentables y concentrar la asistencia en un solo edificio. Las demandantes recibieron sus cartas de despido el 4 de diciembre, con indemnizaciones de más de 18.000 y 21.000 euros tras 21 y 27 años de servicio, respectivamente.

En ese momento, la clínica contaba con 21 auxiliares de enfermería (17 mujeres y 4 hombres). Además de los cinco despidos, otros seis trabajadores acordaron una jubilación parcial. De los diez restantes, dos eran delegados sindicales que no podían ser despedidos, y ocho auxiliares más jóvenes continuaron en la empresa, dos de ellos con contratos convertidos a indefinidos recientemente.

Dos de las despedidas demandaron a la clínica por discriminación. Aunque en primera instancia tuvieron resultados distintos, el TSJC concluyó que Vithas Tenerife no probó que los despidos no fueron discriminatorios. La empresa argumentó que los despidos eran procedentes y que los auxiliares hombres tenían mejor cualificación. Sin embargo, el tribunal destacó la experiencia y profesionalidad de las demandantes.

El TSJC señaló que otros trabajadores también en las áreas cerradas fueron recolocados y que la selección de despedidos se basó en edad y sexo, no en capacitación profesional. La clínica no justificó adecuadamente sus decisiones, y el tribunal consideró que hubo discriminación.

Las sentencias obligan a Vithas Tenerife a readmitir a las trabajadoras y a indemnizarlas por daños morales con 7.501 y 8.000 euros. Estas decisiones se suman a otras sobre discriminación por edad en el ámbito laboral, como el caso de Huawei en 2020, y subrayan la carga de la prueba en la empresa para demostrar la ausencia de discriminación.

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